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El día que cayó la impunidad: cuando declararon inconstitucionales Punto Final y Obediencia Debida

Gabriel Cavallo declaró inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Aquella resolución abrió la puerta para terminar con uno de los capítulos más vergonzosos de la democracia argentina: la legalización de la impunidad para los responsables del terrorismo de Estado. A más de dos décadas, la decisión vuelve a cobrar sentido frente al avance de discursos negacionistas que buscan relativizar el genocidio de la última dictadura.


El 6 de marzo de 2001 marcó un punto de inflexión en la historia judicial y política de la Argentina. Ese día, el juez federal Gabriel Cavallo declaró inconstitucionales las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, dos normas que durante más de una década habían funcionado como un blindaje legal para cientos de represores de la última dictadura militar.

La decisión no fue menor. Cavallo sostuvo que aquellas leyes, sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín, eran inválidas y nulas porque chocaban de frente con la Convención Americana de Derechos Humanos. Es decir, el Estado argentino había creado normas que impedían investigar y castigar crímenes de lesa humanidad, algo incompatible con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

Detrás de ese fallo había algo más que un debate jurídico: estaba en juego la memoria colectiva de un país que había sufrido uno de los procesos represivos más brutales de su historia.

Para comprender el alcance de aquella resolución es necesario volver a la década de 1980. Tras el retorno democrático en 1983, la Argentina inició un proceso histórico con el Juicio a las Juntas. Sin embargo, el avance de las investigaciones sobre los crímenes de la dictadura generó una fuerte presión por parte de sectores militares que buscaban frenar los procesos judiciales.

La respuesta del gobierno fue la sanción de dos leyes que pasarían a la historia como sinónimo de impunidad.

La ley de Punto Final, aprobada en 1986, establecía un plazo límite para presentar denuncias contra los responsables del terrorismo de Estado. Una vez vencido ese plazo, ya no podían iniciarse nuevas causas.

Al año siguiente llegó la ley de Obediencia Debida. Bajo el argumento de que los subordinados solo habían cumplido órdenes, la norma eximía de responsabilidad penal a la mayoría de los integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad que habían participado en el aparato represivo.

El resultado fue devastador para las víctimas y sus familias: cientos de investigaciones quedaron paralizadas y miles de responsables de secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones quedaron fuera del alcance de la justicia.

Durante años, esas leyes representaron un pacto incómodo de la democracia argentina: la promesa de estabilidad institucional a cambio de resignar parte de la justicia.

Pero el 6 de marzo de 2001 ese pacto comenzó a resquebrajarse.

El fallo de Cavallo no solo cuestionó la legalidad de aquellas normas. También planteó algo mucho más profundo: que los crímenes de lesa humanidad no pueden ser amnistiados ni prescriben con el paso del tiempo.

La resolución judicial retomó principios básicos del derecho internacional. Si un Estado se compromete a investigar y sancionar violaciones graves a los derechos humanos, no puede luego crear leyes que impidan cumplir esa obligación.

Ese razonamiento fue el que permitió declarar inválidas las leyes de impunidad.

El fallo no cerró el debate de inmediato. Pero abrió una grieta decisiva en el muro que durante años había protegido a los responsables del terrorismo de Estado.

Dos años más tarde, en 2003, el Congreso avanzó con la anulación de esas leyes. Y en 2005 la Corte Suprema terminó de cerrar el proceso al declararlas definitivamente inconstitucionales.

A partir de allí se reabrieron cientos de causas por delitos de lesa humanidad.

El impacto fue histórico. Por primera vez en décadas, muchos de los responsables de secuestros, centros clandestinos de detención, torturas y desapariciones comenzaron a sentarse nuevamente en el banquillo de los acusados.

La justicia tardó, pero finalmente llegó.

Sin embargo, ese proceso que costó años de lucha social, jurídica y política hoy vuelve a enfrentarse con un nuevo desafío.

En los últimos años emergieron con fuerza discursos que intentan relativizar o directamente negar el genocidio ocurrido durante la dictadura militar. Desde sectores de la nueva derecha libertaria se insiste en instalar la idea de una supuesta “guerra” o en cuestionar la magnitud del terrorismo de Estado.

No se trata solo de una discusión histórica. Es una disputa política sobre el sentido mismo de la democracia.

El negacionismo no aparece en el vacío. Funciona como una estrategia para erosionar uno de los consensos más importantes construidos desde 1983: que los crímenes de la dictadura fueron delitos de lesa humanidad y que sus responsables deben ser juzgados.

En ese contexto, recordar el fallo de Cavallo adquiere un significado renovado.

Aquella decisión judicial demostró que incluso dentro de las propias instituciones del Estado era posible romper con la lógica de la impunidad.

También dejó en claro que la democracia argentina no podía consolidarse sobre el olvido.

Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida fueron, durante años, la expresión de una transición incompleta. Representaban la idea de que la estabilidad política debía imponerse sobre la justicia.

El fallo de 2001 cuestionó esa lógica de raíz.

Porque lo que estaba en juego no era solo el destino judicial de algunos represores. Lo que estaba en discusión era el mensaje que el Estado le enviaba a la sociedad: si los crímenes más graves podían quedar impunes o si la democracia estaba dispuesta a enfrentar su pasado.

El camino que siguió la Argentina después de ese fallo —con la anulación de las leyes y la reapertura de los juicios— se convirtió en una referencia internacional en materia de justicia por crímenes de lesa humanidad.

Pero ese camino no está garantizado para siempre.

Cada vez que se relativiza el terrorismo de Estado, cada vez que se intenta reinstalar la teoría de los “dos demonios” o se cuestiona la legitimidad de los juicios, se vuelve a poner en discusión todo lo que costó construir.

Por eso el 6 de marzo de 2001 no es solo una fecha judicial. Es un recordatorio político.

Recordatorio de que la impunidad no fue derrotada por casualidad, sino por la persistencia de organismos de derechos humanos, de sobrevivientes, de familiares de desaparecidos y de sectores de la justicia que decidieron no aceptar el silencio como destino.

Recordatorio de que los consensos democráticos pueden erosionarse si no se los defiende.

Y, sobre todo, recordatorio de que la memoria no es un ejercicio del pasado, sino una herramienta para enfrentar los peligros del presente.

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