El Tratado de Guadalupe Hidalgo prometió proteger las propiedades de los mexicanos que quedaron bajo soberanía estadounidense después de la guerra de 1846-1848. Pero la eliminación de una cláusula clave y décadas de litigios, rechazos y disputas dejaron una herencia territorial que todavía generaba reclamos en el siglo XXI.
Un tratado que cambió el mapa y dejó una deuda abierta
El Tratado de Guadalupe Hidalgo puso fin oficialmente a la guerra entre México y Estados Unidos y modificó para siempre el mapa de América del Norte. Firmado el 2 de febrero de 1848, estableció que México cedía a Estados Unidos aproximadamente el 55 % de su territorio, incluidos los actuales California, Nevada, Utah, Nuevo México y grandes extensiones de Arizona y Colorado, además de partes de otros estados.
Pero detrás de la gigantesca transferencia territorial había una cuestión mucho más concreta: qué ocurriría con las personas que ya vivían allí y, sobre todo, con las tierras que poseían.
Los artículos VIII y IX del tratado establecieron garantías para los mexicanos que permanecieran en los territorios incorporados a Estados Unidos. El texto aseguraba que podrían conservar sus propiedades y establecía que quienes permanecieran serían protegidos en el disfrute de su libertad y sus bienes.
En el papel, la promesa era clara. En la práctica, la historia de las concesiones de tierras mexicanas mostraría que reconocer un derecho y hacerlo efectivo podían ser dos cosas muy diferentes.
La cláusula que desapareció antes de la ratificación
El episodio más significativo ocurrió incluso antes de que el tratado comenzara a regir. El texto original incluía el Artículo X, destinado a garantizar la protección de las concesiones de tierras mexicanas.
Pero el Senado estadounidense eliminó ese artículo cuando ratificó el tratado el 10 de marzo de 1848. Los Archivos Nacionales estadounidenses registran expresamente esa modificación.
La supresión no significaba formalmente que todas las concesiones mexicanas quedaran anuladas. Los artículos VIII y IX continuaron estableciendo garantías sobre la propiedad. Además, durante las negociaciones posteriores a la modificación estadounidense, México recibió explicaciones según las cuales la eliminación del Artículo X no pretendía anular las concesiones y que los titulares podían hacer reconocer sus títulos ante los tribunales estadounidenses.
Ahí comenzó buena parte del problema histórico: las propiedades debían ser reconocidas, pero los propietarios quedaron obligados a atravesar un complejo sistema jurídico estadounidense para demostrar la validez de sus títulos.
Cuando la propiedad tuvo que ser demostrada ante el nuevo soberano
Estados Unidos estableció procedimientos para revisar las concesiones de tierras españolas y mexicanas. En Nuevo México, el Surveyor General comenzó a investigar las reclamaciones en 1854. Posteriormente, el Congreso creó el Court of Private Land Claims en 1891 para resolver los casos que todavía permanecían abiertos.
El problema era que los títulos no siempre eran reconocidos de acuerdo con la extensión que reclamaban sus antiguos propietarios.
El informe de la Government Accountability Office sobre las concesiones comunitarias de Nuevo México permite dimensionar el conflicto. Durante el proceso fueron presentadas reclamaciones sobre 9,38 millones de acres correspondientes a 154 concesiones comunitarias. De esa superficie, 5,96 millones de acres fueron finalmente adjudicados, pero otros 3,42 millones no fueron reconocidos y terminaron incorporándose al dominio público estadounidense.
La diferencia no es menor. Representaba el 36,5 % de la superficie reclamada en esas concesiones comunitarias.
Millones de acres y una disputa que no desapareció
La historia tampoco fue simplemente la de un Estado que ignoró todos los títulos mexicanos. La propia GAO señala que la mayoría de las concesiones comunitarias fueron confirmadas y que una parte considerable de la superficie reclamada fue finalmente reconocida.
Precisamente por eso, el conflicto resulta más complejo. El problema no estuvo solamente en aceptar o rechazar concesiones, sino también en determinar quién tenía autoridad para otorgarlas, qué extensión debía reconocerse, qué documentación era válida y qué derechos correspondían a las comunidades sobre las tierras de uso común.
En determinados casos, las decisiones de los tribunales estadounidenses terminaron reduciendo los derechos reconocidos. La GAO documentó que la Court of Private Land Claims y la Corte Suprema establecieron restricciones sobre algunas concesiones comunitarias, incluso respecto de tierras que no habían sido distribuidas individualmente.
La cuestión adquirió así una dimensión que excedía los papeles de propiedad. Para los descendientes de aquellos concesionarios, la pérdida de tierras también significaba la transformación de economías locales, formas de vida y estructuras comunitarias.
El conflicto llegó al siglo XXI
La controversia tampoco quedó enterrada en los archivos del siglo XIX. Un informe de la GAO publicado en 2004 señalaba que, más de 150 años después de la firma del tratado, continuaban las preocupaciones y los reclamos relacionados con su implementación.
El organismo estadounidense registró entonces la existencia de una profunda desconfianza entre sectores vinculados con las concesiones y las autoridades federales, estatales y locales. También documentó que herederos, organizaciones, especialistas y otros actores sostenían que el gobierno estadounidense no había protegido determinadas propiedades en la misma medida en que lo habrían hecho las leyes y prácticas mexicanas.
La cuestión llegó incluso al Congreso. En 2001, el representante Tom Udall y otros legisladores presentaron el proyecto Guadalupe-Hidalgo Treaty Land Claims Act of 2001, que proponía crear una comisión presidencial destinada a evaluar la validez de determinadas reclamaciones de tierras vinculadas con el tratado y con descendientes de ciudadanos mexicanos de 1848.
La existencia de ese proyecto demuestra que el problema no había desaparecido más de 150 años después de la firma del acuerdo.
Una precisión histórica que cambia la historia
Hay, sin embargo, una precisión necesaria frente a una afirmación frecuente: las fuentes consultadas no permiten sostener que el Estado mexicano haya mantenido ininterrumpidamente hasta el siglo XXI una reclamación formal sobre esas propiedades.
Lo que sí está sólidamente documentado es la continuidad de los reclamos vinculados con el Tratado de Guadalupe Hidalgo. Esos reclamos fueron sostenidos por descendientes de concesionarios, comunidades, organizaciones, especialistas y dirigentes políticos estadounidenses, y llegaron al Congreso durante el siglo XX y comienzos del XXI.
La diferencia importa porque transforma una consigna en una evidencia histórica comprobable.
La promesa escrita y la realidad de la tierra
El Tratado de Guadalupe Hidalgo no fue solamente un acuerdo para dibujar una nueva frontera. También fue un compromiso sobre qué ocurriría con quienes quedarían del otro lado de esa frontera.
Estados Unidos asumió la soberanía sobre enormes territorios y, al mismo tiempo, aceptó obligaciones respecto de los derechos de quienes ya vivían allí. El problema histórico aparece cuando esas garantías tuvieron que atravesar procedimientos administrativos, decisiones del Congreso y fallos judiciales que determinaron qué títulos serían reconocidos y cuáles no.
Por eso, más que afirmar que Estados Unidos “nunca cumplió” el Tratado de Guadalupe Hidalgo en términos absolutos, la documentación permite sostener algo más preciso: la implementación de sus garantías sobre la propiedad produjo durante décadas conflictos, pérdidas territoriales y reclamos que no fueron completamente cerrados ni siquiera al llegar el siglo XXI.
La paradoja es difícil de ignorar. En 1848, el tratado prometía que las propiedades mexicanas serían respetadas. Más de un siglo y medio después, el propio gobierno estadounidense seguía registrando controversias sobre cómo había cumplido aquella promesa.
Fuentes en estilo APA
National Archives. (s. f.). Treaty of Guadalupe Hidalgo (1848). U.S. National Archives and Records Administration.
National Archives. (2020). El Tratado de Guadalupe Hidalgo. U.S. National Archives and Records Administration.
Federal Judicial Center. (s. f.). Court of Private Land Claims, 1891–1904.
U.S. Government Accountability Office. (2001). Treaty of Guadalupe Hidalgo: Definition and List of Community Land Grants in New Mexico (GAO-01-951).
U.S. Government Accountability Office. (2004). Treaty of Guadalupe Hidalgo: Findings and Possible Options Regarding Longstanding Community Land Grant Claims in New Mexico (GAO-04-59).
U.S. Government Publishing Office. (2001). H.R. 1823 — Guadalupe-Hidalgo Treaty Land Claims Act of 2001. 107th Congress.
Lunda, G. T. (1998). Chicana/Chicano Land Tenure in the Agrarian Domain: On the Edge of a “Naked Knife”. Michigan Journal of Race & Law, 4(1). University of Michigan Law Repository.
Prof. Walter Onorato
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