Duro revés para los jueces macristas Bruglia y Bertuzzi que fueran designado a dedo - .

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Duro revés para los jueces macristas Bruglia y Bertuzzi que fueran designado a dedo

Duro revés para Bruglia y Bertuzzi, dos jueces puestos a dedo por el macrismo. La jueza Biotti consideró que el pedido del Consejo de la Magistratura de revisar su designaciones no viola derechos constitucionales.

Duro revés para Bruglia y Bertuzzi, dos jueces puestos a dedo por el macrismo

(El Destape) La jueza federal María Alejandra Biotti rechazó el amparo presentado por los jueces de la Cámara Federal Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia que fueron designados a dedo durante el macrismo. Los magistrados habían solicitado que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de la decisión del Consejo de la Magistratura de revisar sus traslados.

La jueza negó que la decisión del Consejo de la Magistratura apunte contra los derechos constitucionales. Los jueces en el amparo habían alegado que la revisión de sus nombramientos vulneraban la inamovilidad y estabilidad en el cargo de las que gozan todos los jueces federales, según los artículos 110 y 115 de la Constitución Nacional”.

"El remedio intentado resulta manifiestamente prematuro, ya que el accionar del Consejo de la Magistratura demandado mal puede producir -por sí mismo- efecto alguno sobre el nombramiento de los magistrados", sostuvo la Magistrada en el caso y agregó: "Recién en el caso de que el Senado deniegue el nuevo Acuerdo y el Poder Ejecutivo resuelva dejar sin efecto su traslado, situación que todavía no ocurrió, podrán los actores eventualmente cuestionar dichos actos por los cauces administrativos y legales que estimen corresponder, no resultando la presente acción una vía apta a tales efectos". 

La jueza Biotti además fue tajante en negar el amparo por la supuesta inconstitucionalidad: "considero apropiada al equilibrio y distribución de los poderes del Estado, no se observa la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta requerida para la procedencia de la vía del amparo, ya que no son atendibles los cuestionamientos de los coactores relativos a la afectación de sus derechos en este proceso". 

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